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Trámites tras un fallecimiento: ¿Qué requisitos legales son necesarios?

Perder a un ser querido es un proceso doloroso y, a menudo, abrumador debido a la carga administrativa que conlleva. Entender qué trámites tras un fallecimiento son obligatorios es fundamental para evitar sanciones legales y complicaciones futuras con el patrimonio. En los momentos iniciales, la familia debe gestionar documentos que acrediten el suceso ante el Estado, lo cual permite activar procesos como la lectura de testamentos o el cobro de seguros de vida.

La burocracia en estos casos no solo es una formalidad, sino una protección jurídica para los herederos. Desde la obtención del certificado médico de defunción hasta la inscripción en el Registro Civil, cada paso tiene un orden lógico y legal. Ignorar estos plazos puede derivar en la pérdida de derechos económicos o en el bloqueo de cuentas bancarias. Por ello, contar con una hoja de ruta clara ayuda a transitar este periodo con mayor serenidad y seguridad jurídica.

Líderes en servicios funerarios y tanatorios en Castellón.

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Trámites tras un fallecimiento: Prioridades y plazos en las primeras 48 horas

El tiempo es un factor crítico cuando hablamos de la gestión legal inicial. El primero de los trámites tras un fallecimiento es la obtención del Certificado Médico de Defunción, emitido por un facultativo que confirma la causa y hora del deceso. Sin este documento, es imposible avanzar.

Una vez obtenido el certificado, se dispone de un plazo de 24 horas para realizar la inscripción en el Registro Civil del municipio donde ocurrió el fallecimiento. Este paso es el que otorga validez legal a la muerte frente a terceros y permite obtener la licencia de entierro o incineración. Es común que las empresas funerarias asuman esta gestión, pero es responsabilidad de los familiares verificar que se ha realizado correctamente.

En este primer bloque de tiempo, también es vital localizar si el fallecido contaba con un seguro de decesos. De ser así, la aseguradora se encarga de casi todos los costes y gestiones logísticas. Si no existiera dicha póliza, la familia deberá gestionar directamente con el tanatorio y decidir sobre el destino final de los restos, asegurándose de conservar todas las facturas originales, ya que estas serán deducibles en la futura liquidación de impuestos.

 

El legado y los trámites tras un fallecimiento para gestionar la herencia

Una vez superados los primeros días, la atención se desplaza hacia la gestión de bienes. Pasados 15 días hábiles, el siguiente de los trámites tras un fallecimiento más importantes es solicitar el Certificado de Últimas Voluntades. Este documento oficial nos dirá si la persona otorgó testamento y ante qué notario lo hizo. Junto a este, es obligatorio solicitar el Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, que revelará si existen indemnizaciones pendientes de cobrar.

Si existe un testamento, los herederos deben acudir a la notaría para obtener una copia autorizada. En caso contrario, será necesario realizar una declaración de herederos abintestato para determinar legalmente quiénes son los beneficiarios según la ley. Este paso es imprescindible para desbloquear cuentas corrientes y cambiar la titularidad de inmuebles o vehículos.

Finalmente, no hay que olvidar el aspecto fiscal. Existe un plazo de seis meses para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como la plusvalía municipal si existen bienes inmuebles. Gestionar estos trámites tras un fallecimiento de manera diligente no solo cumple con la ley, sino que garantiza que el patrimonio del ser querido pase a sus legítimos herederos sin cargas adicionales ni conflictos administrativos prolongados.